La mancomunidad puede funcionar desde el inicio de la actividad vecinal o crearse con posterioridad. En ambos casos para legalizarla, tiene que inscribirse en el registro de la propiedad correspondiente.
La urbanización puede administrarse de dos maneras:
1. Desde la mancomunidad, siendo ésta la única entidad representativa, operativa y legal de todos los edificios.
2. Cada edificio forma una comunidad independiente y las zonas comunes, se gestionan a través de una mancomunidad, opción elegida por nosotros.
En el primero de los casos, solo hay una junta directiva y en la segunda opción, hay una por cada comunidad creada, siendo los presidentes de cada comunidad los enlaces de la Junta Directiva en la Mancomunidad.
Para entenderlo mejor pondré un ejemplo. En el primero de los supuestos, es como si el gobierno de un país fuera el encargado de gestionar todo el territorio directamente (mancomunidad) y en el segundo de los casos, el gobierno funciona, dividiendo el territorio en regiones (comunidades) y determinadas materias son compartidas por todas las regiones (mancomunidad)
En nuestra opción, cada comunidad tendrá sus presupuestos y su forma de trabajar, estando obligada a contribuir según su coeficiente de participación con el presupuesto aprobado por la mancomunidad.